A continuación, les compartimos un comunicado emitido el día de ayer, 6 de febrero de 2024, por nuestra Entidad, junto con la Asociación de Productores Agropecuarios de Capitán Sarmiento y Salto, la Asociación Regional de Productores Rurales de San Antonio de Areco y la Sociedad Rural de Baradero, Colón, Lincoln, Rosario, Rojas, San Pedro.
Si a una Ley Nacional de Semillas, no a la UPOV 91
1) ¿Cuál es el apuro de adherirse a UPOV 91? Por qué un intento de “golpe de mano” similar al que se Intentó con Julián Domínguez y Obdulio San Martin (INASE) de “solucionar” el tema de la noche a la mañana con una retención del 1,5 % de cosecha soja y trigo para luego repartirse entre semilleros?
2) UPOV 91 se refiere solo a germoplasma. No a biotecnología. El proyecto ley semillas con dictamen de diputados se refería claramente que cuando uno pagaba semilla se cancelaba de una vez biotecnología + germoplasma. ¿Acaso se busca cobrar dos veces la semilla y por carriles separados?
3) UPOV 91 extiende derechos del obtentor no solo a la semilla, sino que también hasta el producto cosechado. Ya sea en su almacenamiento o comercialización. El derecho debe agotarse al cancelar la semilla, o bien por el uso propio oneroso, y no extenderse más allá entrometiéndose en el negocio del productor. No queremos socios en nuestra producción
4) El uso propio estamos de acuerdo debe ser a título oneroso. Sin dudas. Si no va a haber I+D. Pero UPOV 91 le da la potestad al obtentor de denegar uso propio al productor mismo que sea a título oneroso. Queremos hacer uso propio pagando y no que ese derecho sea restringido.
Compramos la semilla, agotando todos los derechos (edición génica, germoplasma, todos los eventos apilados) y que ellos se repartan las ganancias de acuerdo a su participación pero que no persigan al productor tratando de cobrarlo.
¿Quién va a reglamentar la ley bajo el paraguas de UPOV 91? ¿La agenda 2030? ¿O los empleados de semilleros hoy circunstancialmente funcionarios y lobistas históricos de semilleros?
6) El proyecto de ley de 2018 con dictamen de comisión es equilibrado y le da la exclusividad del poder de policía al INASE. Demás está decir que rechazamos cualquier control privado que coloca al semillero en juez y parte.
7) Excepción de fitomejorador – semilleros chicos -, que puedan inscribir dos variedades como cultivares nuevos, no deberían sacarla.
8) Queremos el control exclusivo del INASE. No un sistema privado con juez y parte.
Es por esto que rechazamos la intervención transnacional y la Agenda 2030 en nuestra producción agrícola.