La aplicación de fitosanitarios busca ser regulada en la provincia.
Tras la aprobación de un proyecto en el Senado bonaerense se encendió la alarma en las cámaras del sector, que presionaron por la implementación de algunos cambios y avisaron que continuarán con su pedido durante el trámite en Diputados, puesto que sus sugerencias no fueron tenidas en cuenta en la Cámara alta por ser consideradas “inadecuadas”.
La intención del Gobierno bonaerense y de legisladores de unificar de una vez por todas la regulación de los procedimientos de aplicación de agroquímicos y pesticidas en zonas cercanas a áreas urbanas puso en alerta a diversos sectores del agro e hizo estallar, a su vez, internas y recelos entre la dirigencia política por la autoría y los alcances de la iniciativa.
La polémica se desató hace dos semanas, cuando el Senado bonaerense aprobó de forma exprés un proyecto de ley de Alfonso Coll Areco, un exmassista que integra un bloque de dos miembros, cercano a Cambiemos.
El proyecto establece zonas límites para la aplicación de agroquímicos y pesticidas y prevé fuertes sanciones para quienes incumplan las prohibiciones. Además, otorga a los municipios el poder de control sobre las prácticas agronómicas que utilicen cualquier tipo de producto fitosanitario, al tiempo que otorga la “caja” proveniente de esas sanciones a las propias comunas para que solventen los gastos operativos.
Aunque el “espíritu” del proyecto es acompañado por todas las fuerzas políticas, el trámite de aprobación en el Senado generó enojos: legisladores de la oposición reclaman que la iniciativa sólo obtuvo despacho de la comisión de Ambiente y Desarrollo Sostenible, que preside el propio Coll Areco, y fue aprobado “sobre tablas” sin cumplir con el resto del trámite parlamentario, impidiendo la incorporación de modificaciones y agregados.
Este hecho encendió la alarma en las cámaras del sector, que presionaron por la aplicación de algunos cambios y avisaron que continuarán con su pedido durante el trámite en Diputados, puesto que sus sugerencias no fueron tenidas en cuenta en la cámara Alta por ser consideradas “inadecuadas”.
Además, las principales cerealeras de la provincia se oponen al establecimiento de una “zona de amortiguación” o “buffer”, un espacio de hasta dos kilómetros de las áreas pobladas en los que no se podrá aplicar plenamente los productos, salvo autorización expresa de las comunas.
Desde el Gobierno bonaerense evitaron sentar una oposición al respecto, aunque celebraron el hecho de que se avance en una legislación integral que unifique los disímiles ordenamientos municipales que por ahora rigen en esta materia.
Aunque el Ministerio de Agroindustria participó de una ronda de consultas técnicas previas a la confección del proyecto, el Ejecutivo no descarta incorporar pequeñas modificaciones en su reglamentación. De todos modos, se espera que en Diputados se introduzcan cambios, sobre todo por la participación de la legisladora massista María del Huerto Ratto, proveniente de la dirigencia rural, quien acuerda con la eliminación de las zonas “buffer”.
Nuevo régimen
El proyecto aprobado en el Senado establece una zona de exclusión y otra de amortiguación. La primera prohíbe la aplicación de productos fitosanitarios, fertilizantes y otros plaguicidas a una distancia de entre 100 y 500 metros de los núcleos urbanos, dependiendo de la peligrosidad del elemento y la técnica de uso (por vía aérea las distancias son las máximas).
En tanto, la zona de amortiguación extiende la prohibición hasta los dos kilómetros, también de acuerdo al tipo de pesticida utilizado y el modo de aplicación. Esta zona “buffer”, que cosecha el rechazo de cerealeras y representantes del agro, puede ser exceptuada solo por “expresa autorización del Municipio”.
Por otra parte, la iniciativa también prohíbe la aplicación terrestre dentro de un radio de 100 metros del límite de los establecimientos educativos rurales, y dispone la creación de una franja de protección a todo curso o cuerpo de agua, perforaciones individuales y campos de bombeo. El proyecto establece las máximas sanciones dispuestas por el Código Rural para los aplicadores que actuaren con “imprudencia, negligencia, impericia o dolo”, violando las restricciones o no cumpliendo los pasos establecidos para el lavado de los recipientes y herramientas utilizadas en la aplicación de los agroquímicos. Y dispone que los productores y dueños de los campos sean “solidariamente responsables” en caso de los incumplimientos.
Fuente: La Opinión de Pergamino