El juez de San Nicolás Carlos Villafuerte Ruzo embargó en $5 millones a cuatro productores -por ese monto lo hizo para cada uno- que producen en el partido de Pergamino por un supuesto delito ambiental con agroquímicos. Según el magistrado a cargo de una causa, los productores habrían empleado productos que se encuadran en la Ley de Residuos Peligrosos Nº 24.051 y establecidos como no permitidos para utilizarse a una distancia no menor a los 100 metros del perímetro urbano, según una ordenanza municipal. Productores consultados dijeron que respetaron distancias y usaron productos aprobados.
Villaferte Ruzo dispuso el procesamiento sin prisión preventiva en la causa caratulada como «Fernando Esteban Cortese y otros» de José Luis Grattone, Cristian Gabriel Taboada, Carlos Daniel Sabattini y Hugo Ariel Sabattini. También ordenó el embargo mencionado.
El juez avanzó con la causa, que se inició unos años atrás, tras denuncias de vecinos de distintos barrios y pueblos aledaños a Pergamino.
«Yo hice una aplicación tomando recaudos como ser la velocidad del viento, utilicé productos banda verde (de bajo riesgo), usé la banda de aplicación y tengo carné habilitante desde 2015. El problema es que el dueño del campo (donde produce) tenía un problema con un vecino que cada vez que aplicamos denunciaba», contó a LA NACION Grattone, uno de los productores embargados.
En octubre pasado, Grattone fue denunciado junto a su maquinista, Taboada, ante las autoridades locales por supuestamente violar los 100 metros que es el límite perimetral para uso y aplicación de los productos químicos en un campo que trabaja en la localidad de Juan Andrés de la Peña, en el partido de Pergamino.
Grattone dijo que, cuando se anoticiaron de la denuncia que fue puesta por un vecino, llegó un auto de la policía federal y le pidieron que detuvieran la aplicación. «Les mostré todo, que estaba en orden con los productos que estaba usando, que son todos etiqueta verde y llevé al policía al lote en ese momento, pero para entonces la policía no envió a ninguna persona porque no tenían encargado. Después de un par de horas que estaba en orden todo, me autorizaron a hacer la aplicación», aseveró.
Señaló que, posteriormente, «vino Sergio Pizarro, en ese momento el secretario de producción de la comuna, e hizo un conteo de los metros con sus propios pasos, sin siquiera usar un sistema de medición». A su vez, añadió que en los días posteriores le dijeron que faltaban ocho o 10 metros para llegar a los 100 permitidos para hacer las aplicaciones.
«El 25 de noviembre de 2019 la policía hizo un allanamiento de domicilio y se ordenó una detención. Nos tuvieron en la comisaría federal y al día siguiente nos llevaron a declarar. Hace una semana me dictaron el procesamiento y el martes me enteré de la caución de $5.000.000 como una garantía», indicó. Su maquinista involucrado, en tanto, también fue embargado por la misma suma de dinero y con procesamiento sin prisión preventiva.
Según la causa, a Grattone y Taboada se les imputa haber efectuado una aplicación terrestre con fitosanitarios en el campo donde cultivaban soja que se encuentra localizado en la calle Ricardo Guiraldes, esquina Leopoldo Lugones, de la localidad de Juan Andrés de la Peña, partido de Pergamino. Así como en las cercanías al barrio Milla III y a dos establecimientos educativos que se encuentran dentro de la zona de exclusión de 100 metros establecida por la ordenanza municipal vigente.
Grattone se diferenció de los otros casos. Según sostuvo el productor, su situación está determinada por un límite perimetral de 100 metros para hacer aplicaciones en esa zona. Sin embargo, hay otros lugares del área urbana de la ciudad de Pergamino cuyo perímetro no puede ser inferior a los 600 metros.
«Está mal asignado el hecho con la calificación a la figura de la causa de la ley de residuos peligrosos que es la ley 24.051», dijo el abogado Lucas Walter, uno de los letrados que llevan adelante la defensa de Grattone y de otro productor que no figura en la última resolución de la causa. Argumentó que el productor no estaba violando la ley.
No obstante, aclara que el embargo aún no quedó firme y hasta que no quede establecida una solución no se efectivizará. «Recién hasta que eso se dé y quede firme el procesamiento y esté en etapa recursiva no se hará», indicó Walter en referencia a lo que sucederá de ahora en adelante hasta llevar a cabo una apelación.
La denuncia original se dio por el caso de Fernando Esteban Cortese, quien fue procesado hace tres años en la primera causa en el barrio Villa Alicia en Pergamino y que abrió el debate. En tanto, Carlos Daniel Sabattini y Hugo Ariel Sabattini, quienes figuran en el fallo emitido hace tan solo unos días, habrían realizado aplicaciones en la localidad de Francisco Ayersa, a menos de 1095 metros de distancia de la zona urbana que se fija para esa zona, por lo que habrían incumplido una disposición judicial que ordena la suspensión provisional de las pulverizaciones terrestres con fitosanitarios.
En abril del año pasado, cuando el mismo Juzgado Federal de San Nicolás tomó una intervención, determinó que en el caso del límite territorial que se había iniciado alrededor del barrio Villa Alicia -que con el tiempo fue desplazándose en los alrededores del Luar-Kayad y La Guarida-, cuyo límite perimetral comprendía de 600 metros sobre la exclusión para las aplicaciones, pasara a ser de 1095. Hasta ese entonces se habían autorizado las aplicaciones solo de productos con etiqueta verde.
«Nosotros estamos profundamente preocupados por el caso de Grattone. Hubo una reunión con Pergamino Ambiental que esta integrada por el INTA, Federación Agraria Argentina (FAA), CREA, Aapresid, entre otras entidades, con Sociedad Rural Argentina (SRA) del norte de la provincia de Buenos Aires, con Confederaciones Rurales Argentinas (CRA) y Carbap para tratarlo y poner en blanco sobre negro el caso puntual de la localidad de Peña porque consideramos que es una exageración el encuadre que se le da a una violación de la reglamentación municipal. Los 100 metros estuvieron supervisados por los policías y como no hubo una supervisión municipal para la aplicación el vecino hizo la denuncia con la Policía Federal», indicó a LA NACION Jorge Josifovich, presidente de la Sociedad Rural de Pergamino.
En tanto, el diputado provincial Luciano Bugallo (Coalición Cívica) se manifestó respecto al fallo y señaló que no se entiende por qué judicialmente se aplicó la ley de residuos y desechos tóxicos y no la ley que regula las aplicaciones de fitosanitarios en la provincia, que es la 10.699 con su decreto reglamentario Nº 499, que se encuentra vigente.
«Existen problemas de interpretación y varios municipios han realizado sus propias ordenanzas para reglamentar las aplicaciones de fitosanitarios, muchas veces excediéndose en sus competencias. En este momento me encuentro trabajando en ese sentido, a fin de tratar de terminar con vacíos legales y malas interpretaciones para poder aplicar reglas claras y, de esta manera, que los productores y aplicadores no queden a merced de la interpretaciones de un juez que quiera tratarlos como si estuviesen cometiendo un delito, cuando en realidad lo que hacen es producir alimentos y ejercer su derecho a trabajar libremente», sentenció.
Hace unos meses, productores de Pergamino solicitaron que se revise una resolución de ese Juzgado que imposibilita las pulverizaciones terrestre en unas 6000 hectáreas por encontrarse dentro de los 1095 metros de extensión del límite urbano y que afecta a más de 100 productores agropecuarios, quienes afirman que han visto una merma considerable en la producción.
Por Bélkis Martínez.
Fuente: La Nación