Les recordamos que el día 31/01/2016 vence el último plazo para presentar la declaración de superficie sembrada destinada al cultivo de algodón, arroz, girasol, maíz, maní, mijo, soja, sorgo, poroto y otros granos provenientes de cultivos de verano, correspondientes a la campaña 2015-2016.
Para poder dar cumplimiento a esta obligación, se necesita la siguiente información:
– Tipo de grano: Cantidad de hectáreas afectadas a cada grano cultivado, discriminando si se realizan en inmueble propio o inmueble de terceros (en caso de ser a %, declarar solo las HAS que le corresponde de acuerdo al %)
Aclaración:
– Si usted es un productor agrícola ganadero, deberá informar no sólo las hectáreas destinadas a granos para la venta, sino también aquellas destinadas a consumo de su propia hacienda.
– – Queda eximido de esta obligación las hectáreas destinadas a semilla.
Asimismo, les recordamos que hasta el 28 de febrero 2015 se podrá informar la producción del cultivo de trigo, para dar cumplimiento con la RG 3342. En el caso de querer comercializarlo, les recomendamos informar un valor preliminar antes del vencimiento final para evitar inconvenientes al momento de querer obtener las cartas de porte, y una vez que tengan el valor real realizan la última modificación.
Fuente: Estudio Chiaradía Zabala