Estimados socios:
Les recordamos que está vigente la disposición Nº01/2015 de la Unidad de Coordinación y Evaluación de Subsidios al Consumo Interno (UCESCI), mediante la cual se aprobó el procedimiento para la implementación de la transferencia de los recursos obtenidos por el Estado Nacional, a los productores de trigo, a través de los derechos de exportación de trigo y sus derivados para la cosecha 2014/2015.
Los declarantes, productores y/o acopiadores, exportadores, industrias, molinos harineros, usuarios de molienda y otros, informarán sobre datos de producción y stocks de TRIGO al 31 de enero de 2015.
Forma de Presentación: Recomendamos entrar por la pg. de Afip con clave fiscal, habilitar el servicio Usesci, y Usesci Certificados. En Usesci se declara la producción de trigo de esta campaña total (vendido y en stock). Es recomendable revisar la cuenta tributaria del declarante para constatar la probable existencia de deudas (aún menores), ya que no se emitirá el Certificado CePaGa si existe deuda con Afip. Solo se admitirá una rectificativa por declarante hasta el dia del vencimiento del plazo de la presentación.
Plazo de presentación: el plazo regirá desde el 01 de febrero de 2015 hasta las 24hs del día 23 de febrero de 2015.
Constitución del Fideicomiso; Se debe presentar una serie de documentación personal y relativa a la cuenta bancaria declarada en Afip, todo certificado por el Banco del productor. Esta papelería debe remitirse a Nación Fideicomisos, en Capital Federal. Si ya integraron el Fideicomiso la campaña anterior, no es necesario volver a hacerlo.
Certificado CePaGa: A partir del mes de marzo en adelante se debe tramitar el Certificado CePaGa, para lo cual insisto no debemos tener deuda con Afip. El certificado se puede remitir a Nación Fideicomisos para acelerar el trámite. Muy importante: Las agencias de Afip desconocen el manejo de Usesci, pese a que está en la pg. de Afip esta Unidad depende de la Secretaría de Comercio.
IMPORTANTE: Revisar siempre la cuenta corriente tributaria, la que debe estar en cero, sin deuda, es probable que la presentación o pago de alguna obligación tributaria con un día de atraso genera multas que impiden la generación del Certificado CePaGa. Sin certificado no se cobra este “estímulo”.